Inicio > Órganos Unipersonales > El Secretario
EL SECRETARIO
Artículo 26
El Secretario será nombrado por la Junta Rectora de la Entidad Jurídica Titular
del Centro Asociado, a propuesta del Director, y reunirá los requisitos exigidos
por la Junta de Gobierno de la UNED, debiendo ser, en todo caso, Titulado Superior
Universitario.
Artículo 27
Son funciones del Secretario:
-
Expedir certificaciones de los actos y acuerdos de los Órganos de Gobierno y de
la Junta Rectora de la Entidad Jurídica Titular del Centro Asociado, así como de
cuantos actos y hechos precisen su condición de fedatario.
-
Custodiar y ordenar el archivo y la documentación del Centro.
-
Llevar a cabo la gestión administrativa del Centro, salvo que la Junta Rectora atribuya
el desempeño de esta función a un Gerente o Administrador.
-
Desempeñar la jefatura del personal de administración y servicios del Centro,
salvo que la Junta Rectora atribuya el desempeño de esta función a un Gerente o
Administrador.
-
En general, todas las que, siendo necesarias para el correcto funcionamiento administrativo
del Centro, le sean encomendadas por el Director o por la Junta Rectora de la Entidad
Jurídica Titular del Centro Asociado.
|
|